Días Festivos en Colombia 2026: Calendario Completo, Puentes y Derechos del Trabajador

En Colombia hay 18 días festivos en 2026, fijados por la Ley 51 de 1983 (Ley Emiliani) y el artículo 177 del Código Sustantivo del Trabajo (CST). De esos 18 días, 11 se trasladan al lunes siguiente cuando caen en otro día de la semana, generando los famosos "puentes" de tres días. Si un empleador te exige trabajar en festivo, tiene la obligación legal de pagarte un recargo del 80% sobre tu hora ordinaria durante el primer semestre de 2026, y del 90% a partir del 1 de julio de 2026, según la Ley 2466 de 2025. A continuación encontrarás el calendario completo con fechas exactas, la explicación de la Ley Emiliani, los derechos que te corresponden y las fórmulas para calcular tu pago en días festivos.

Días festivos Colombia 2026: 18 días, 11 puentes, recargo 80-90%
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Calendario Completo de Días Festivos Colombia 2026

La siguiente tabla incluye los 18 festivos oficiales de Colombia para 2026, indicando la fecha real del festivo, el día de la semana en que cae y la fecha en que se observa (es decir, cuándo se descansa efectivamente). Los festivos marcados con "Ley Emiliani" se trasladan al lunes siguiente cuando no caen en ese día.

# Festivo Fecha Real Día Fecha Observada Tipo
1Año Nuevo1 eneroJueves1 eneroFecha fija
2Día de Reyes (Epifanía)6 enero (martes)Martes12 enero (lunes)Ley Emiliani
3Día de San José19 marzo (jueves)Jueves23 marzo (lunes)Ley Emiliani
4Jueves Santo2 abrilJueves2 abrilSemana Santa
5Viernes Santo3 abrilViernes3 abrilSemana Santa
6Día del Trabajo1 mayoViernes1 mayoFecha fija
7Ascensión del Señor15 mayo (viernes)Viernes18 mayo (lunes)Ley Emiliani
8Corpus Christi4 junio (jueves)Jueves8 junio (lunes)Ley Emiliani
9Sagrado Corazón de Jesús12 junio (viernes)Viernes15 junio (lunes)Ley Emiliani
10San Pedro y San Pablo29 junioLunes29 junioLey Emiliani (ya es lunes)
11Independencia de Colombia20 julioLunes20 julioFecha fija
12Batalla de Boyacá7 agostoViernes7 agostoFecha fija
13Asunción de la Virgen15 agosto (sábado)Sábado17 agosto (lunes)Ley Emiliani
14Diversidad Étnica y Cultural12 octubreLunes12 octubreLey Emiliani (ya es lunes)
15Todos los Santos1 noviembre (domingo)Domingo2 noviembre (lunes)Ley Emiliani
16Independencia de Cartagena11 noviembre (miércoles)Miércoles16 noviembre (lunes)Ley Emiliani
17Inmaculada Concepción8 diciembreMartes8 diciembreFecha fija
18Navidad25 diciembreViernes25 diciembreFecha fija

¿Qué es la Ley Emiliani y por qué hay "puentes"?

La Ley 51 de 1983, conocida popularmente como Ley Emiliani en honor al senador Raimundo Emiliani Román que la impulsó, estableció el sistema de traslado de festivos al lunes siguiente. El objetivo fue crear fines de semana largos (viernes–sábado–domingo–lunes o sábado–domingo–lunes) que favorecen el turismo, el comercio y el descanso efectivo del trabajador, evitando que un festivo a mitad de semana impacte negativamente la productividad sin generar un descanso real.

No todos los festivos se trasladan: los de fecha fija (Año Nuevo, Jueves y Viernes Santo, Día del Trabajo, Independencia, Batalla de Boyacá, Inmaculada Concepción y Navidad) se celebran el día exacto del calendario, sea el día que sea. Los demás —principalmente los de origen religioso como Reyes, San José, Ascensión, Corpus Christi, Sagrado Corazón, Asunción, Todos los Santos e Independencia de Cartagena— sí se trasladan al lunes.

Derechos del trabajador en días festivos

El artículo 177 del CST garantiza a todo trabajador colombiano el descanso remunerado en los 18 días festivos del año. Esto significa que si un festivo cae en un día laboral y el trabajador no tiene que ir al trabajo, de todas formas recibe su salario completo por ese día. El festivo no se descuenta del salario mensual ni genera ningún tipo de compensación negativa.

Cuando el empleador sí requiere que el trabajador preste servicios en un festivo (lo cual es legal en muchos sectores), la ley obliga al empleador a elegir entre dos opciones: reconocer el recargo salarial sobre las horas trabajadas, o conceder un día de descanso compensatorio remunerado dentro de la semana siguiente. El trabajador no puede ser obligado a renunciar a ninguna de estas dos opciones; cualquier cláusula contractual que las elimine es nula de pleno derecho.

Recargo por trabajar en festivos 2026: fórmula y valores

Gracias al cronograma progresivo de la Ley 2466 de 2025 (reforma laboral), el recargo por trabajo en festivos aumentó del 75% histórico al 80% desde julio de 2025, y subirá al 90% el 1 de julio de 2026, con meta final del 100% en julio de 2027. La fórmula para calcular el valor de la hora festiva es:

Hora festiva = (Salario mensual ÷ 240) × (1 + % recargo)

Período % Recargo Hora ordinaria (SMMLV) Hora festiva Jornada 8h en festivo
Enero – junio 2026 80% $5.931 $10.676 $85.408
Julio – diciembre 2026 90% $5.931 $11.269 $90.152
Desde julio 2027 100% Proyectado ≈ $12.400 ≈ $99.200

Los valores anteriores aplican con el salario mínimo de $1.423.500 para 2026. Si tu salario es superior al mínimo, aplica exactamente la misma fórmula usando tu salario base mensual (sin incluir el auxilio de transporte de $200.000, que no se suma para el cálculo del recargo).

Meses con más y menos festivos en 2026

No todos los meses tienen la misma cantidad de festivos. En 2026, junio es el mes con más festivos (tres: Corpus Christi el 8, Sagrado Corazón el 15 y San Pedro y San Pablo el 29), mientras que febrero y septiembre no tienen ningún festivo. Esta distribución desigual afecta especialmente la planificación de turnos en sectores como salud y seguridad, donde la ausencia de personal en festivos debe cubrirse con tiempo extra.

  • Enero: 2 festivos (1 ene y 12 ene)
  • Febrero: 0 festivos
  • Marzo: 1 festivo (23 mar)
  • Abril: 2 festivos (2 y 3 abr — Semana Santa)
  • Mayo: 2 festivos (1 y 18 may)
  • Junio: 3 festivos (8, 15 y 29 jun) — el mes más festivo
  • Julio: 1 festivo (20 jul)
  • Agosto: 2 festivos (7 y 17 ago)
  • Septiembre: 0 festivos
  • Octubre: 1 festivo (12 oct)
  • Noviembre: 2 festivos (2 y 16 nov)
  • Diciembre: 2 festivos (8 y 25 dic)

Festivos y liquidación laboral: ¿cómo se relacionan?

Los días festivos del año se cuentan como días trabajados para efectos del cálculo de cesantías, prima de servicios e intereses sobre cesantías, siempre que el trabajador hubiera estado activo (sin suspensión del contrato ni incapacidades prolongadas). Esto beneficia al trabajador porque aumenta el denominador de días trabajados en las fórmulas de prestaciones sociales.

En el caso específico de las vacaciones, el artículo 186 del CST establece que corresponden 15 días hábiles continuos de descanso por cada año de trabajo. Los festivos que caigan dentro del período de vacaciones no se cuentan como días de vacaciones y deben compensarse con días adicionales de descanso. Esto significa que si en tus 15 días hábiles de vacaciones caen 2 festivos, en realidad debes descansar 17 días calendario para que los días hábiles completen los 15 que te corresponden por ley.

Preguntas Frecuentes sobre Días Festivos Colombia 2026

¿Cuántos días festivos hay en Colombia en 2026? +
En Colombia hay 18 días festivos en 2026, establecidos por la Ley 51 de 1983 (Ley Emiliani) y el Código Sustantivo del Trabajo (Art. 177). De esos 18 días, 11 son festivos "puente" que se trasladan al lunes siguiente cuando caen en otro día de la semana. Los 7 restantes tienen fecha fija inamovible (Año Nuevo, Día del Trabajo, Independencia, Batalla de Boyacá, Jueves y Viernes Santo, Inmaculada Concepción y Navidad).
¿Qué dice el Código Sustantivo del Trabajo sobre los festivos? +
El artículo 177 del CST establece el listado de días de descanso obligatorio remunerado. El artículo 178 regula el trabajo en esos días de forma excepcional. El artículo 179 fija la obligación de pagar un recargo del 75% histórico (hoy 80–90% según Ley 2466 de 2025) sobre la hora ordinaria cuando el trabajador presta servicios en un día festivo. Este recargo es irrenunciable.
¿Se puede obligar a un trabajador a laborar en un festivo? +
Sí, siempre que esté contemplado en el contrato de trabajo o en la convención colectiva. Sin embargo, el empleador debe reconocer el recargo del 80% (ene–jun 2026) o 90% (jul–dic 2026) sobre el valor de la hora ordinaria, o bien conceder un día de descanso compensatorio remunerado durante la semana siguiente. Sectores como salud, seguridad, transporte y comercio habitualmente trabajan en festivos.
¿Cuánto me pagan por trabajar un día festivo en 2026 con salario mínimo? +
Con el salario mínimo de $1.423.500 en 2026, la hora ordinaria vale $5.931 (salario ÷ 240 horas/mes). Si trabajas un festivo entre enero y junio, cada hora se paga a $10.676 (hora ordinaria + 80% recargo). A partir del 1 de julio de 2026, con el recargo del 90%, la hora festiva se paga a $11.269. Por una jornada completa de 8 horas en festivo recibirás $85.408 (primer semestre) o $90.152 (segundo semestre).
¿Qué es la Ley Emiliani y qué festivos traslada? +
La Ley 51 de 1983, conocida como Ley Emiliani por el senador Raimundo Emiliani Román, establece que ciertos festivos cívicos y religiosos se trasladan al lunes siguiente cuando no caen en ese día. En 2026 los 11 festivos trasladados son: Reyes (12 ene), San José (23 mar), Ascensión (18 may), Corpus Christi (8 jun), Sagrado Corazón (15 jun), San Pedro y San Pablo (29 jun —ya cae lunes—), Asunción (17 ago), Diversidad Étnica (12 oct —ya lunes—), Todos los Santos (2 nov), Independencia Cartagena (16 nov). Los 7 festivos de fecha fija no se trasladan nunca.
¿Los festivos se cuentan en la liquidación laboral? +
Los festivos se incluyen como días laborados para el cálculo de prestaciones sociales (cesantías, intereses, prima y vacaciones) cuando el trabajador estaba en actividad laboral y no en incapacidad o suspensión del contrato. Para el cálculo de vacaciones, los días festivos no se descuentan de los 15 días hábiles: el Art. 186 del CST señala que las vacaciones son días hábiles continuos, pero los festivos dentro del período vacacional no se cuentan como días de vacaciones.
¿Qué pasa si el empleador no paga el recargo festivo? +
Si el empleador no reconoce el recargo festivo, el trabajador puede reclamar ante el Ministerio del Trabajo (Inspección de Trabajo) o interponer una demanda laboral. El plazo de prescripción para reclamar es de 3 años desde que se causó el derecho (Art. 488 CST). Además, el empleador puede ser objeto de una sanción moratoria de un día de salario por cada día de retardo, según el Art. 65 del CST, si la omisión ocurre al momento de la liquidación.
¿Cuándo llegará el recargo festivo al 100% en Colombia? +
Según el cronograma progresivo de la Ley 2466 de 2025, el recargo dominical y festivo llegará al 100% a partir del 1 de julio de 2027. En ese momento, trabajar un festivo con salario mínimo significará recibir exactamente el doble por esas horas. El objetivo de la reforma laboral es equiparar el costo del trabajo en días de descanso con el de una hora ordinaria adicional del 100%.

Fuentes y Referencia Legal

  • Código Sustantivo del Trabajo (CST), Arts. 177–179: Descanso obligatorio en festivos, lista oficial de días y recargo por trabajo en esos días.
  • Ley 51 de 1983 (Ley Emiliani): Traslado de festivos cívicos y religiosos al lunes más próximo para crear puentes de descanso.
  • Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral): Cronograma progresivo del recargo dominical y festivo: 80% (jul 2025–jun 2026), 90% (jul 2026–jun 2027), 100% (desde jul 2027).
  • Ley 2101 de 2021: Reducción progresiva de la jornada laboral a 42 horas semanales a partir del 15 de julio de 2026.
  • Decreto 1160 de 1947 y concordantes: Desarrollo reglamentario de prestaciones sociales.
  • Ministerio del Trabajo de Colombia: Conceptos y circulares sobre descanso remunerado, festivos y liquidación laboral.