Despido con Justa Causa en Colombia 2026: Art. 62 CST, Causales y Liquidación

El despido con justa causa en Colombia es la terminación unilateral del contrato de trabajo fundamentada en una causal legal del artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo (CST). A diferencia del despido sin justa causa, no genera indemnización. Sin embargo, el trabajador tiene derecho a recibir la liquidación completa: cesantías, intereses, prima proporcional y vacaciones proporcionales. Para un trabajador con salario mínimo 2026 ($1.423.500) con 1 año de servicio, la liquidación asciende a $3.953.570. El proceso requiere un paso previo obligatorio: la diligencia de descargos.

Despido con justa causa Colombia 2026 - Art. 62 CST
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¿Qué es el despido con justa causa?

El artículo 62 CST define las causas que justifican la terminación unilateral del contrato de trabajo sin que se deba indemnización. Estas causales son taxativas, es decir, la lista es cerrada: solo las que allí aparecen permiten despedir sin pagar indemnización. Si el empleador alega una causa no contemplada en el artículo 62, el despido se considera sin justa causa y acarrea el pago de indemnización según el artículo 64 CST.

El Parágrafo del artículo 62 es claro: "La parte que termina unilateralmente el contrato de trabajo debe manifestar a la otra, en el momento de la extinción, la causal o motivo de esa determinación. Posteriormente no pueden alegarse válidamente causales o motivos distintos." Esto significa que el empleador debe indicar la causal exacta al momento del despido, sin posibilidad de cambiarla después.

Causales de despido por parte del empleador (Art. 62A CST)

El artículo 62A lista 15 causales que permiten al empleador terminar el contrato sin pagar indemnización:

Causal Descripción Preaviso
1 Engaño mediante certificados falsos para la admisión o para obtener provecho indebido No
2 Violencia, injuria, malos tratos o grave indisciplina contra el empleador, su familia, directivos o compañeros en las labores No
3 Violencia, injuria o malos tratos graves fuera del servicio contra el empleador o sus representantes No
4 Daño material intencional a edificios, maquinarias, materias primas u objetos del trabajo; grave negligencia que ponga en peligro personas o cosas No
5 Acto inmoral o delictuoso cometido en el lugar de trabajo o en el desempeño de labores No
6 Violación grave de obligaciones o prohibiciones (Art. 58 y 60 CST) o falta grave según reglamento interno, pacto o convención colectiva No
7 Detención preventiva por más de 30 días (salvo absolución posterior) o arresto correccional mayor de 8 días No
8 Revelación de secretos técnicos o comerciales de la empresa con perjuicio para esta No
9 Deficiente rendimiento en el trabajo respecto a la capacidad del trabajador y al promedio análogo, sin corrección a pesar del requerimiento 15 días
10 Sistemática inejecución, sin razones válidas, de obligaciones convencionales o legales 15 días
11 Vicio del trabajador que perturbe la disciplina del establecimiento 15 días
12 Renuncia sistemática a aceptar medidas preventivas, profilácticas o curativas prescritas por médico del empleador o autoridades 15 días
13 Ineptitud del trabajador para realizar la labor encomendada 15 días
14 Reconocimiento de pensión de jubilación o invalidez estando al servicio de la empresa 15 días
15 Enfermedad contagiosa o crónica no profesional que incapacite para el trabajo y cuya curación no sea posible en 180 días 15 días

Importante: Para las causales 9 a 15, el empleador debe notificar al trabajador con mínimo 15 días de anticipación antes de efectuar el despido. No hacerlo no elimina la justa causa, pero puede generar obligación de indemnizar ese preaviso.

Causales por parte del trabajador (Art. 62B CST) — Renuncia con justa causa

El trabajador también puede terminar el contrato con justa causa y tener derecho a indemnización. Las 8 causales son:

Cuando el trabajador renuncia por justa causa, el empleador queda obligado a pagar la indemnización por despido sin justa causa (artículo 64 CST), además de la liquidación completa.

Proceso disciplinario previo: paso obligatorio

Antes de ejecutar cualquier despido con justa causa, el empleador debe agotar un proceso disciplinario previo. Los pasos son:

La Corte Constitucional (Sentencia SU-449 de 2020) ha reiterado que omitir el proceso disciplinario puede hacer ineficaz el despido incluso cuando la falta es real, porque vulnera el derecho de defensa del trabajador.

Liquidación que recibe el trabajador despedido con justa causa

Aunque no hay indemnización, el trabajador despedido con justa causa siempre recibe su liquidación completa. La siguiente tabla muestra los valores para un trabajador con salario mínimo 2026 ($1.423.500) y 1 año de servicio:

Concepto Fórmula Valor 2026
Cesantías (incluye auxilio transporte) ($1.423.500 + $200.000) × 360 / 360 $1.623.500
Intereses sobre cesantías (12% anual) $1.623.500 × 12% $194.820
Prima de servicios (2 semestres) $1.423.500 × 360 / 360 $1.423.500
Vacaciones proporcionales (15 días) $1.423.500 × 360 / 720 $711.750
Indemnización por despido Con justa causa: NO aplica $0
TOTAL LIQUIDACIÓN (1 año, salario mínimo) $3.953.570

Si el empleador no paga esta liquidación dentro de los 15 días hábiles siguientes al despido, incurre en la sanción moratoria del artículo 65 CST: un día de salario por cada día de mora, equivalente a $47.450 diarios con salario mínimo 2026.

Diferencias clave: despido con justa causa vs. sin justa causa

Errores frecuentes del empleador que invalidan el despido

Carta de despido con justa causa: requisitos mínimos

La carta debe incluir: fecha, datos del trabajador, la causal exacta del artículo 62 CST citada textualmente, los hechos concretos que la fundamentan (fechas, testigos, documentos), la decisión de terminación del contrato y la firma del representante legal o jefe de personal. Es recomendable conservar copia firmada por el trabajador o enviarla por correo certificado para efectos probatorios.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el despido con justa causa en Colombia?
Es la terminación unilateral del contrato de trabajo por parte del empleador, fundamentada en una de las 15 causales taxativas del artículo 62A del Código Sustantivo del Trabajo. A diferencia del despido sin justa causa, NO genera obligación de pagar indemnización al trabajador.
¿Cuáles son las causales más comunes del artículo 62 CST?
Las más frecuentes son: actos de violencia o grave indisciplina (causal 2), daño intencional a bienes de la empresa (causal 4), actos inmorales o delictuosos en el trabajo (causal 5), violación grave de obligaciones del trabajador (causal 6), revelación de secretos comerciales (causal 8) y deficiente rendimiento sin corrección (causal 9).
¿El trabajador despedido con justa causa recibe algún pago?
Sí. Aunque no hay indemnización, el trabajador tiene derecho a recibir la liquidación completa: cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios proporcional, vacaciones proporcionales y el salario pendiente. Para 1 año con salario mínimo ($1.423.500) la liquidación total es aproximadamente $3.953.570.
¿Es obligatorio un proceso disciplinario antes del despido?
Sí, es un requisito esencial. El empleador debe citar al trabajador a una diligencia de descargos, notificando los hechos imputados. El trabajador tiene derecho a defenderse y aportar pruebas. Sin este proceso previo, el despido puede ser declarado ineficaz aunque exista la falta.
¿Qué pasa si el empleador no indica la causal en el momento del despido?
Según el Parágrafo del artículo 62 CST, la parte que termina el contrato debe manifestar la causal al momento de la extinción. Posteriormente no pueden alegarse causales distintas. Si no se indica ninguna, el despido se presume sin justa causa y genera obligación de pagar indemnización.
¿Cuáles causales exigen preaviso de 15 días?
Las causales 9 a 15 del artículo 62A CST requieren preaviso de mínimo 15 días: deficiente rendimiento (9), sistemática inejecución de obligaciones (10), vicios que perturben la disciplina (11), renuencia a medidas preventivas (12), ineptitud para el trabajo (13), reconocimiento de pensión (14) y enfermedad crónica no profesional que supere 180 días (15).
¿Puede el trabajador renunciar con justa causa?
Sí. El artículo 62B CST establece 8 causales por las cuales el trabajador puede dar por terminado el contrato con justa causa, entre ellas: engaño del empleador, violencia o maltrato, reducción ilegal del salario, exigencia de actividades ilegales y violación grave de obligaciones del empleador. En estos casos el trabajador tiene derecho a indemnización.
¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagar la liquidación tras el despido con justa causa?
La empresa tiene 15 días hábiles para pagar la liquidación completa (cesantías, intereses, prima y vacaciones). Si no paga en ese plazo, incurre en sanción moratoria de 1 día de salario por cada día de mora (Art. 65 CST), que con salario mínimo 2026 equivale a $47.450 diarios.

Fuentes y Referencia Legal